¿Qué es la Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat?
Antiguamente conocida como Ley de Política Habitacional, la LRPVH es un decreto promulgado por el
Estado en el que se establece el derecho a los ciudadanos venezolanos,
residentes en el territorio, a una vivienda digna.
En la misma se reflejan los derechos de las personas
naturales a acceder a un crédito hipotecario a través la participación entre individuo
y patronal en un 3% (2% cancelado por el patrono y 1% por el trabajador) en el
Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda (FAOV) En el portal del Banco Nacional de Vivienda y
Hábitat (BANAVIH)
puedes informarte en detalle sobre el FAOV y los requisitos necesarios para
pertenecer al fondo.
¿Qué es un Crédito Hipotecario?
Es una oportunidad que brindan las instituciones
bancarias a aquellos individuos que deseen adquirir un inmueble cuyo valor es
relativamente alto.
Si deseas solicitar este tipo de crédito debes
considerar muy bien el banco y el porcentaje de pago del mismo, no optes por
opciones cuyos porcentajes excedan su presupuesto; estudia las opciones de pago
que ofrece cada entidad bancaria antes de solicitar el préstamo.
¿Qué instituciones bancarias en Venezuela ofrecen ese servicio?
Te ofrecemos un listado de bancos con servicio de
Crédito Hipotecario y sus enlaces web para que puedas informarte directamente
en sus portales sobre los requisitos y formas de pago:
1) Banesco
2) Banco Activo
3)
Bancaribe4) Banco de Venezuela
5) Banco Caroní
8) Corp Banca
10) Banco Mercantil
12) Banco Provincial
¿Qué debo considerar antes de solicitar un Crédito
Hipotecario?
1) En primer lugar, es recomendable que adquieras
información sobre todas las entidades que presten el servicio; toma el tiempo
que sea necesario para analizar tranquilamente las opciones.
2) Estudia tu situación económica en detalle y
verifica las capacidades de pago que tienes, haz del crédito una oportunidad no
una carga.
3) Es importante que el crédito hipotecario
represente para ti un gasto no mayor a un 25% o 30% del total de tus ingresos.
4) Considera con sumo cuidado las opciones que ofrece
cada banco; recuerda que una vez adquirido el crédito es tu responsabilidad
cancelarlo según lo acordado con el banco que elegiste.
5) Recuerda que los plazos de pago pueden representar
años; por lo mismo, no te arriesgues a adquirir créditos, a menos que no poseas
la cantidad neta del precio del inmueble y no represente para tu presupuesto
una carga demasiado pesada.
¿Cuáles son los requisitos mínimos para solicitar un
crédito hipotecario?
1) Ser mayor de edad, venezolano y estar residenciado
en el país. En caso de ser extranjero, se exige un mínimo de 5 años
ininterrumpidos de residencia en el país.
2) Copia de cédula de identidad del cónyuge (de
existir) y propia.
3) Planilla de solicitud de crédito.
4) RIF actualizado.
5) Balances personales y estados de cuenta.
6) Algunas instituciones bancarias exigen como
requisito abrir o tener una cuenta con ellos. Además de los requisitos
personales necesitas tener contigo, como mínimo, los siguientes documentos
relacionados al inmueble:
7) Documento de propiedad.
8) Copia de la ficha catastral.
9) Gravamen del inmueble.
10) Borrador de la liberación de hipoteca, en caso de
que haya habido una.
Las condiciones varían según la entidad, en el caso
del FAOV es
indispensable que ni el solicitante ni su conyugue (de existir) posean vivienda
propia, sumado a cualquier otro requisito que se exija en la LRPVH.
¿Cuánto tiempo debo esperar para que se apruebe el
crédito?
Generalmente la aprobación de un crédito hipoteario
no se extiende más de 90 días.
¿Qué ocurre si el solicitante fallece?
En caso de muerte, los familiares del solicitante pueden pedir la liberación del crédito a través del Fondo de Garantía, siempre que dicho crédito haya sido pedido a través de la Ley de Política Habitacional, establecido en el Capítulo V de la LRPVH y es administrado por el Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (Banavih).
la web oficial del Banco Nacional de Vivienda y
Hábitat cita en lo referente a la cobertura del fondo lo siguiente:
"El pago de la porción de capital o saldo
adeudado correspondiente, en caso de fallecimiento o cesantía (discapacidad
total y permanente) de uno o varios usuarios del Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat"
También cita que el fondo hará cobertura en caso de
que ocurra "Fallecimiento del o los prestatarios, la garantía cubrirá el
saldo insoluto del capital del préstamo para la fecha en que ocurra el
fallecimiento".
Fuente: en123inmuebles.com
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